Fatiga crónica, dolor crónico, artritis, cansancio, estrés, ansiedad o depresión. Son algunos de los síntomas que acompañan a la fibromialgia, una de las patologías catalogadas como de «invisibles». La fibromialgia se caracteriza por dolor musculoesquelético generalizado y sensación dolorosa a la presión en unos puntos específicos (puntos dolorosos) y de la que han existido reticencias para considerar la fibromialgia como incapacitante a tenor del artículo 193 de Ley General de la Seguridad Social que exige que las dolencias para considerar la incapacidad permanente o absoluta sean objetivas. Exigiendo para ello, según la más reciente jurisprudencia:
- Intensidad y periodicidad de los brotes de dolor.
- Resistencia al tratamiento médico. El tratamiento médico no es curativo,
sino paliativo, ya que sólo sirve para mitigar o reducir el dolor y las limitaciones funcionales en los brotes de dolor.
La coexistencia de otras dolencias asociadas como puede ser cefaleas, depresión, lumbociatalgia con limitación funcional, cervicoartrosis, coxalgia y trastorno ansioso-depresivo crónico.
Existencia de una historia clínica de dolor generalizado durante más de tres meses de duración, de una forma continua, en ambos lados del cuerpo, por encima y por debajo de la cintura:
- con dolor en el esqueleto axial, en el raquis cervical y en el tórax anteriores.,
- producción de dolor al menos en 11 de los 18 puntos coporales simétricos llamados puntos gatillo o tender point.
En cuanto a la fibromialgia: el diagnóstico inicial no significa el reconocimiento automático de un gado de incapacidad permanente por lo que habrá que el tiempo de evolución de la enfermedad, el tratamiento prescrito y su respuesta y sobre todo el su repercusión funcional que provoque la mayor de las incapacidades o no dependiendo del tratamiento farmacológico por lo que la fibromialgia puede ir desde la mayor imposibilidad de realizar cualquier tarea ordinaria hasta la no existencia de repercusión funcional pudiéndose apreciar el grado de incapacidad absoluta cunado concurren con otras enfermedades significativas como pueden ser las depresiones muy graves o severas
En cuanto al Síndrome de fatiga crónica existen sentencias, entre otras en STSJ Catalunya del 26 de Julio del 2011 ( ROJ: STSJ CAT 8237/2011) Recurso: 6070/2010 que para que el Síndrome de Fatiga Crónica sea tributario de una incapacidad permanente que ha de ser severo y comportar sintomatología intensa y acusada con virtualidad incapacitante ( STSJ Catalunya 3 noviembre de 2010, Rec 1163/2010 ), siendo que se suele declarar en situación de incapacidad permanente absoluta a las personas que sufren el Síndrome de Fatiga Crónica (SFC) en grado III o IV, ya que se trata de un diagnóstico que comporta la constatación de una limitación tan grave de la capacidad de esfuerzo que impide a quien la sufre desarrollar cualquier trabajo, ya que no puede realizar esfuerzos elementales, lo cual equivale a valorar que no pueda desarrollar un trabajo con un mínimo de eficacia y responsabilidad.. Así mismo, el SFC grado III, esta Sala tiene dicho que hoy por hoy comporta, mientras no haya un tratamiento paliativo, una incapacidad permanente absoluta, ya que se trata de un diagnóstico de enfermedad crónica, muy incapacitante y a pesar de las técnicas paliativas, no existe una perspectiva de curación, sin perjuicio de la revisión de grado que contempla el art. 143 LGSS (Vid STSJ Catalunya 8 de octubre de 2010, Recurso 7883/2009 ).
En relación a los supuestos de depresión que se entiende origen de una Incapacidad permanente absoluta son aquellos cuadros crónicos, persistentes, y graves o severos: con cita de las Sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 29 de enero, 16 de febrero, 9 de abril y 14 de julio de 1.987 , 17 y 23 de febrero de 1.988 , 30 de enero de 1.989 y 22 de enero de 1.990 -,…”. La fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica y el trastorno depresivo ansioso son precisamente las patologías que se relacionan como aquellas que determinan en quien las sufre una limitación para el desempeño de cualquier actividad laboral teniendo en cuenta ese cuadro patológico tanto a nivel físico como sobre todo a nivel psíquico.